Actualización sobre carga pública
El 29 de julio de 2020 El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York ordenó al gobierno de hacer cumplir, aplicar, implementar o tratar como efectivo, el Regla final de USCIS sobre inadmisibilidad por motivos de carga pública (84 FR 41292, 8/14/19) durante la pandemia de COVID-19. La misma orden se aplica a la revisión del Departamento de Estado del Manual de Asuntos Exteriores (ver Regla final provisional del DOS sobre la inelegibilidad de visa por motivos de carga pública (84 FR 54996, 10/11/19)
El tribunal también emitió una orden separada que otorga una orden judicial que prohíbe al gobierno implementar o tomar cualquier medida para hacer cumplir o aplicar las Revisiones de la FAM de 2018, la Regla final provisional del DOS sobre la inelegibilidad de visa por motivos de carga pública (84 FR 54996, 10/11/19), o la Proclamación del Presidente del 4 de octubre de 2019, Suspensión de la entrada de inmigrantes que supondrán una carga financiera para el sistema de atención médica de los Estados Unidos a fin de proteger la disponibilidad de beneficios de atención médica para los estadounidenses (84 FR 53991, 10/9/19) durante la pandemia de COVID-19.
El 31 de julio de 2020, USCIS reconoció que mientras la decisión del SDNY del 29,2020 de julio de 1999 esté vigente, “USCIS aplicará la guía de carga pública de 24 que estaba vigente antes de que se implementara la Regla de Carga Pública el 2020 de febrero de XNUMX. .”
Este cambio se aplica a cualquier solicitud o petición de extensión de estadía de no inmigrante o cambio de estatus de no inmigrante a partir del 29 de julio de 2020, de conformidad con las regulaciones vigentes antes de que se implementara la Regla de Carga Pública.
Las órdenes judiciales del tribunal son a nivel nacional.
USCIS no considerará ninguna información proporcionada por un solicitante o peticionario que se relacione con la Regla de Carga Pública, incluida la información proporcionada en el Formulario I-944, o información sobre la recepción de beneficios públicos en la Parte 5 del Formulario I-539, Parte 3 en Formulario I-539A o Parte 6 del Formulario I-129. Los solicitantes y peticionarios cuyas solicitudes o peticiones tengan matasellos del 29 de julio de 2020 o después, no deben incluir el Formulario I-944 ni proporcionar información sobre la recepción de beneficios públicos en el Formulario I-485, Formulario I-129 o Formulario I-539. /I-539A.
Escrito por Jaime McGuire
Jaime McGuire, abogado de inmigración y adopción, es abogado gerente de Amaryllis Law. Jaime ha sido una parte integral de la próspera práctica de mudanzas de Amaryllis Law a lo largo de los años.